Así quedan las nuevas ayudas por cese de actividad para los autónomos hasta febrero del 2022

Alicante, 30-09-2021.

CINCO MODALIDADES DE PRESTACIÓN Y EXONERACIONES

El Gobierno aprobó este martes la prórroga del cese de actividad, tras haber alcanzado un acuerdo con las organizaciones de autónomos para extender las ayudas. Así quedarían las cinco prestaciones y las exoneraciones a partir de octubre.

Fumata blanca para la quinta prórroga del cese de actividad, a sólo dos días de que dejaran de estar en vigor todas sus modalidades. Las organizaciones de autónomos lograron este lunes alcanzar el que posiblemente haya sido el acuerdo más complicado y ajustado para la extensión de las ayudas al colectivo que, finalmente, incluirán la prestación para trabajadores por cuenta propia con bajos ingresos.

Las asociaciones de autónomos lograron este lunes que el Gobierno rectificara la propuesta del pasado jueves, en la que se pretendía eliminar la prestación por bajos ingresos, que en agosto sostenía a más de 140.000 autónomos. Tras salvar este escollo, finalmente, el Ejecutivo aprobó este martes en Consejo de Ministros un Real Decreto con tres grandes bloques: la extensión de los ERTE, la subida del Salario Mínimo Interprofesional y la prórroga de las prestaciones y exoneraciones para autónomos hasta el próximo 28 de febrero.  

A expensas de que se publiquen las condiciones de las cinco prestaciones y exoneraciones decrecientes que cubrirán a los autónomos en los próximos cinco meses, entre el 1 de octubre y el 28 de febrero, ya es seguro que “mantenemos las cuatro modalidades que ha habido hasta ahora” para proteger a “los autónomos que todavía siguen muy afectados por la pandemia”, según avanzó el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de este martes.

Así mismo, y como ocurrió este verano, se pondrán en marcha “exoneraciones decrecientes para que los autónomos que están bajo el paraguas del decreto anterior” tengan “una transición suave hacia su reactivación final”, aseguró Escrivá. De este modo, y como ya venía avanzando este diario, los autónomos tendrán, como en junio, dos posibilidades: si hasta septiembre cobraron la prestación por cese de actividad podrán, o bien seguir acogidos hasta febrero si cumplen las condiciones, o bien beneficiarse de exoneraciones decrecientes en su cuota a la Seguridad Social.

Condiciones para acceder a las nuevas ayudas para autónomos hasta febrero

Si bien todavía queda por publicar el Real Decreto Ley que recoge el acuerdo en ERTEs y cese de actividad, y las condiciones de ambas medidas, el ministro Escrivá ya avanzó algunas las características, tanto de las prestaciones como de las ayudas en forma de exoneraciones que estarán en vigor durante los próximos meses.

Estas ayudas se podrían clasificar en tres bloques diferentes: unas “exoneraciones con perfil decreciente hasta enero”, otro que se compondría de las cuatro prestaciones que había hasta la fecha -por suspensión, para autónomos de temporada, prestación ordinaria extraordinaria y prestación por bajos ingresos; y un último bloque con una nueva prestación para los autónomos afectados por la erupción del volcán en La Palma.

Exoneraciones decrecientes para beneficiarios del cese hasta septiembre

En primer lugar, “en el caso de los autónomos que están bajo el paraguas del decreto anterior”, es decir, aquellos que cobraron la prestación por cese entre junio y septiembre, se pone en marcha unas nuevas exoneraciones para “posibilitar una transición suave hacia su reactivación”, si no accedieran a ninguna de las nuevas prestaciones.

Como sucedió en la anterior prórroga, se espera que a estas exoneraciones puedan acceder todos aquellos autónomos que a 30 de septiembre fueran beneficiarios del cese de actividad y que no vuelvan a solicitar la prestación. A expensas de la publicación de los detalles en el BOE, previsiblemente, la exoneración se volverá a aplicar de forma automática y sería del 90% de la cuota en octubre, del 75% en noviembre, del 50% en diciembre y del 25% en enero.  

Cuatro prestaciones para los autónomos que continúan afectados por la crisis

Así mismo, según el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, “en el caso de los autónomos que todavía siguen muy afectados por la pandemia, las cuatro modalidades de protección que ha habido hasta ahora las mantenemos. Prestaciones que van dirigidas a proteger a los autónomos más vulnerables, que tienen rentas más bajas y, a su vez, con caídas de ingresos muy fuertes”.

Como se puede observar en la diapositiva incluida más abajo y que utilizó el ministro en su comparecencia, estas cuatro modalidades serán las mismas que hasta ahora: la Prestación Ordinaria extraordinaria (POECATA); la Prestación para autónomos con bajos ingresos; la prestación por suspensión de la actividad; y la prestación para autónomos de temporada.

-Prestación compatible con la actividad: 

En principio, y a la espera de que la publicación de la norma lo confirme, la prestación compatible con la actividad (POECATA) no sufriría ninguna modificación en sus requisitos de acceso, más allá del cambio de periodos a tener en cuenta para medir la caída de la facturación y los umbrales de rendimientos netos.

Para acceder a esta prestación seguirá siendo necesario no haber agoto el periodo cotización necesario y tener una caída de ingresos del 50% acumulado entre el tercer y cuarto trimestre 2021 frente al mismo periodo de 2019. Así como tener un rendimiento máximo de 1,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional, según aparece en las diapositivas.

Una vez más, esta prestación sería del 70% de la base de cotización del autónomo, es decir, 661 euros al mes si cotiza por la mínima y, lógicamente, más si cotiza por bases superiores.

– Prestación extraordinaria por bajos ingresos: 

La mayor modificación la habría sufrido la prestación para autónomos con bajos ingresos y sin periodo de cotización para poder acceder a la POECATA. Las organizaciones lograron que, finalmente, el Gobierno mantuviera esta prestación que seguirá siendo de alrededor de 440 euros al mes (el 50% de la base mínima). 

En cuanto a las condiciones, los requisitos serían algo más restrictivos que en la anterior prórroga: a expensas de la publicación del nuevo decreto en el BOE, los autónomos tendrán que acreditar una caída del 75% de la facturación comparando el último trimestre de 2019 con el último trimestre de 2021. En cuanto al límite de ingresos, se exigirá que los autónomos no tengan unos ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). 

– Prestación por suspensión de la actividad:  

Frente a posibles rebrotes del virus, a partir del 1 de octubre de 2021 aquellos autónomos que se vean obligados a suspender todas sus actividades como consecuencia de la adopción de medidas restrictivas por parte de autoridad competente tendrán derecho a una prestación económica extraordinaria.

Como hasta ahora -y una vez más a expensas de que se publiquen los detalles- se espera que sólo se exija como requisito de acceso haber sufrido el cierre por decreto de la Administración, además de cumplir otros requisitos como estar al corriente de pago de las deudas con Seguridad Social o Hacienda, y llevar afiliado al RETA, por lo menos, 30 días naturales.

Según las diapositivas utilizadas por el ministro, esta prestación seguirá siendo del 70% de la base mínima, es decir, 661 euros al mes.

Prestación para autónomos de temporada

La prestación de la que menos detalles se conocen por el momento es el cese de actividad dirigido a autónomos de temporada. De momento, se sabe que será requisito tener ingresos inferiores al Salario Mínimo y que la prestación supondrá un 70% de la base mínima de cotización, es decir, 661 euros al mes.

 Una prestación específica para los autónomos de Palma

Como novedad, se crearía una nueva prestación específica para los autónomos afectados por la erupción del volcán en Palma, para aquellos con un negocio afectado directamente e indirectamente. Éste fue uno de los grandes logros de la organización de autónomos ATA que fue la que trasladó en un primer momento la propuesta al Gobierno.

Con esta prestación, los autónomos de Palma quedarán protegidos por una prestación y una exoneración similar a las conocidas hasta la fecha, con la diferencia de que, previsiblemente, la única condición de acceso sea acreditar haberse visto afectado por esta catástrofe.

Según avanzó el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, “en lo que se refiere a la Isla de la Palma y el volcán, el Real Decreto-Ley establece una prestación extraordinaria para ellos. Y para facilitar su acceso a la misma no vamos a requerir el periodo mínimo de cumplimiento de cotización, habrá un contador a cero, durante los cinco meses de vigencia no va a computar”.

ATA celebra la prórroga y espera que unos 150.000 autónomos cobren una prestación hasta febrero 

Tras haber alcanzado el acuerdo con el Gobierno para extender hasta el 28 de febrero las ayudas por cese de actividad, la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) celebró haber llegado a un consenso que permita esta prórroga. “Muy importante el acuerdo que se ha alcanzado con el Gobierno para prorrogar los ERTE y las ayudas por cese de actividad para los autónomos. Era necesario que diéramos seguridad, certidumbre y tranquilidad a autónomos, empresas y trabajadores”, aseguró Lorenzo Amor, presidente de ATA.

Según Amor, esta prórroga hasta el 28 de febrero “permitirá salvar la actividad de muchos autónomos y empresas y el empleo de muchos trabajadores. No tenía sentido que después de 18 meses de pandemia y de puesta en marcha de ayudas por cese y ERTE, a sólo cinco meses de la meta pusiéramos fin o limitáramos esas ayudas”.

De hecho, según estimó el presidente de ATA todavía habría 150.000 autónomos que continúan muy afectados por la pandemia y que “podrán seguir disfrutando de la prestación hasta que recuperen su actividad”.

 

Fuente; autonomosyemprendedor.es

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