Alicante, 22-05-2023.
- Asturias y Murcia aplican una tasa máxima del 87,6% a patrimonios superiores a 4.020.771 euros
- En Madrid y Canarias se alivia la tributación a familiares de tercer grado, como sobrinos y tíos
- En ocho autonomías prácticamente no se paga nada cuando se trata de familiares cercanos
España es el país de Europa que más grava las sucesiones y donaciones con una tarifa máxima que llega al 87,6% en el caso de dos comunidades autónomas: Asturias y Murcia.
Como explican desde el Registro de Economistas Asesores Fiscales (Reaf), “este tipo máximo solo lo pagaría un extraño, por ejemplo un primo, que tuviera un patrimonio preexistente antes de la herencia superior a 4.020.771 euros, y el causante hubiera resido en el Principado de Asturias o en la Región de Murcia, que son las regiones donde el tipo marginal máximo (36,5%) es superior al estatal (34%)”.
El Reaf recuerda que “el tipo máximo de la tarifa estatal, que es el que tiene aprobada la mayoría de las comunidades autónomas, se sitúa en el 34%“, razón por la cual estima que “al comparar la tributación usando el mínimo marginal del 7,65%, el estudio debería utilizar el tipo del 34% y no del 36,5% aprobado por Asturias y Murcia para homogeneizar los resultados”. El máximo del 87,6% que aplican las dos regiones citadas es el resultado de multiplicar esta tarifa del 36,5% por un coeficiente del 2,4 para herederos que posean más de cuatro millones de euros.
El Reaf destaca que las herencias entre familiares prácticamente no tributan en la mayoría de las comunidades autónomas, y que en Sucesiones son diez las comunidades autónomas que regulan los mismos tipos de gravamen que los de la tarifas estatal (7,65 a 34%).
Precisa también que en la mayoría prácticamente no se paga cuando los sucesores son familiares cercanos, caso de los territorios forales del País Vasco, además de en Andalucía, Baleares, Cantabria, Castilla y León, Extremadura, Galicia y Murcia, mientras que el resto prácticamente no se abona nada cuando cada heredero no tiene una base superior a cierta cantidad que, como poco, es de 300.000 euros.
En el caso de Canarias y Madrid se alivia también la tributación por sucesiones a los familiares del grupo III, lo que comprende colaterales de segundo grado (hermanos) y de tercer grado (sobrinos y tíos), así como ascendientes y descendientes por afinidad. Igualmente, en Donaciones prácticamente no tributan los familiares cercanos del País Vasco y de cinco comunidades de régimen común.
Finalmente, recuerda el Reaf, de cara a 2023 en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones se mejoran los beneficios fiscales que la norma estatal regula para la transmisión de la empresa familiar. También se mejora la reducción por adquisición “mortis causa” de la vivienda en bastantes comunidades, mediante un aumento del porcentaje de reducción o reduciendo el periódico de mantenimiento. Asimismo, muchas comunidades han mejorado las reducciones por discapacidad.
Un informe elaborado por Tax Foundation, un grupo de expertos norteamericanos con sede en Washington, sobre el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Europa, pone de manifiesto que tras España, los países que más lo gravan son Bélgica, con un máximo marginal del 80%; Francia (60%) y Dinamarca (52%), mientras que los que lo tienen más bajo son Croacia (4%), Bulgaria 6,6% e Italia (8%). En el caso de Bélgica, al igual que España, la tasa del impuesto varía de una región a otra entre un 3% y un 80%. Es también la situación de Suiza, donde, dependiendo del cantón, la tarifa oscila entre el 0% y el 50%.
En el caso de la República Checa se aplica el impuesto sobre la renta (las herencias están totalmente exentas de impuestos, pero las donaciones pueden estar sujetas a impuestos), mientras que en Letonia no hay impuestos sobre herencias y sucesiones, aunque el impuesto sobre la renta puede aplicarse a los obsequios o regalos.
En Malta no existe el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. No obstante, se puede aplicar un impuesto de transferencia del 5%. En Rumanía tampoco conocen este impuesto, excepto en relación con la transmisión de bienes inmuebles en determinadas circunstancias. Finalmente, señala el informe de Tax Foundation, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones no se aplica en Austria, Chipre, Estonia, Noruega, Eslovaquia y Suecia.
Reducción de la desigualdad
Un informe de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) concluye que los impuestos a la herencia “podrían desempeñar un papel clave en la reducción de la desigualdad al tiempo que aumentan los ingresos fiscales de los países”.
Al analizar la distribución de la riqueza en los 27 países de la OCDE, el informe encuentra que en 2015, en promedio, el 1% de los hogares más ricos poseía el 18% de la riqueza, en tanto que el 10% más pudiente atesoraba el 50% del capital de todos los hogares. El estudio considera que “las transferencias de riqueza a los herederos tienen el potencial de reforzar la desigualdad” y, por tanto, aboga por mejorar el diseño de este impuesto para reducir brechas de riqueza.
Por su parte, una evaluación de la revista académica inglesa The Economic Journal, revela que las herencias y las donaciones representan la mitad de la correlación de riqueza entre padres e hijos, mientras que los ingresos y la educación supone una cuarta parte. La publicación puntualiza que esta correlación disminuye con el tiempo, ya que la correlación abuelo-nieto es menor que la correlación padre-hijo.
Otro estudio del grupo de comunicación norteamericano Springer, afirma que las herencias pueden reducir la desigualdad de la riqueza, ya que las transferencias son proporcionalmente mayores (en relación con la riqueza previa a la herencia) en hogares que se encuentran en una posición más baja en la distribución de la riqueza. “Eso tiene un efecto igualador en la distribución de la misma”, concluye.
Principales novedades
El Consejo General de Economistas (CGE) desglosa las principales novedades que afectan al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Por ejemplo, la extensión de la bonificación en ambas modalidades para los familiares lejanos. Así, Madrid incrementa la bonificación al 25% (antes 10-15%) para tíos, sobrinos en nietos, tanto para Sucesiones como para Donaciones.
En Aragón se aplica una reducción de la empresa familiar en sucesiones hasta el 99% (antes 50-70%) para descendientes y en Islas Baleares se incrementa la reducción de donación de vivienda de padres a hijos al 95% (antes 57-60%).
Fuente; eleconomista.es