¿Qué derechos tiene un okupa que se mete en tu casa? De ganar tiempo en su desahucio a cobrar a un dueño por “reformas”

Alicante, 22-06-2023.

La Ley de Vivienda, que fue aprobada el pasado 26 de mayo, mantiene vivo un ítem que ha sido duramente criticado por diferentes sectores, y que reactiva el debate sobre el desalojo de la ‘okupación’ en el país. Y es que la nueva normativa contempla medidas que ponen “barreras” al procedimiento de desalojo, “ralentiza” el proceso de devolución de las viviendas a sus propietarios y trae consigo “derechos” para los okupas.

En primer lugar, para situar y entender lo que es ‘okupar’ y entender los derechos que trae, es importante saber su significado. La RAE define que es “tomar una vivienda o un local deshabitados e instalarse en ellos sin el consentimiento de su propietario”.

Una acción que, en el margen legal, la Justicia relaciona con el delito leve de usurpación de inmuebles, el cual se produce, según el artículo 245 del Código Penal, “cuando alguien ocupa, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyen la morada de nadie”.

Derechos de los okupas

Con la nueva ley de vivienda surgen dudas sobre los derechos que tienen los okupas y si la nueva normativa los ampara.

En primer lugar, la nueva ley divide a los dueños de los inmuebles entre grandes tenedores (más de cinco viviendas) y pequeños propietarios (menos de cinco) y además ofrece un mayor marco de amparo a los inquilinos que han dejado de pagar sus alquileres por una situación de “vulnerabilidad”. Sin embargo, los derechos de las personas que entran en una vivienda y la okupan se mantienen.

Concepto de “morada”

Es justamente el concepto de “morada” el que protege a los okupas. Si no se trata de la vivienda habitual del propietario (o la segunda vivienda), el delito será el de usurpación, lo que llevará a un proceso más largo para conseguir echar a esos “usurpadores”.

A esto se suma que la policía no podrá entrar en el inmueble si no tiene una orden judicial. El hecho de que los okupas entren en la vivienda, cambien la cerradura y permanezcan allí durante esas 48 horas provocará que se convierta en su domicilio y aparezca un derecho esencial. De esta forma la Constitución Española declara el domicilio o morada como “inviolable”.

Casi 2 años para desalojar

Con datos actualizados, en España, según datos que evidencia el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y recogidos por Idealista, el plazo medio se ha ampliado hasta alcanzar 20,5 meses, entre los procedimientos de los Juzgados de Primera Instancia y los de las Audiencias Provinciales.

Desokupa en acción y cobro por “reformas”

La empresa española Desokupa lleva 7.600 desalojos desde su creación en 2016. Uno de ellos, se hizo últimamente en la casa de Langford Dominic Sakarai, ubicada en Calpe, provincia de Alicante. Y es que el ciudadano nacido en España con residencia en Suiza tuvo que contratar el servicio promovido por Daniel Esteve al encontrarse con su chalet presuntamente okupado por un hombre que incluso le está cobrando 40.000 euros a Skarai por las “reformas” que asegura haber hecho en la casa.

Fuente; eleconomista.es

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