Alicante, 25-03-2024.
Ya os contamos que no importa cuántos días hayas estado de alta ni tus ingresos, es obligatorio que presentes la declaración de la renta. Pero las novedades no acaban ahí. Este año los trabajadores por cuenta propia que no cumplan con su obligación con la Agencia Tributaria, podrán ser sancionados por Hacienda y por la Seguridad Social.
¿De qué sanciones hablamos? A la impuesta por Hacienda se añade la imputación de una base de cotización superior cuando la Seguridad Social regularice tus cuotas. Vamos a explicarlo de una manera sencilla y clara.
Autónomo, si no presentas este 2024 la declaración de la renta la Seguridad Social te sancionará
Es sencillo, si no presentas la declaración de la renta, Hacienda no puede regularizar tus cuotas que, debido al nuevo sistema de cotización por ingresos reales, permite que se produzca algún error a la hora de elegir nuestra previsión de ingresos, es decir, igual hemos declarado más o menos.
Si la declaración de la renta no se realiza, al no disponer de datos sobre tus ingresos, se te imputará como base de cotización definitiva la base mínima de cotización para contingencias comunes de los trabajadores asalariados del grupo 7, así lo recoge el artículo 308 de la Ley de la Seguridad Social:
“La regularización de la cotización en este régimen especial, a efectos de determinar las bases de cotización y las cuotas mensuales definitivas del correspondiente año, se efectuará en función de los rendimientos anuales una vez obtenidos y comunicados telemáticamente por la correspondiente Administración tributaria a partir del año siguiente, respecto a cada persona trabajadora por cuenta propia o autónoma.”
Este tramo y este régimen a falta de datos por tu parte a la Seguridad Social, será el utilizado para calcular tu base de cotización y cuotas mensuales, ésta será una de las penalizaciones que tendrás, además de otras a causa de no presentar la declaración de la renta.
Estas son las sanciones de Hacienda a un autónomo por no presentar la declaración de la renta
Ahora que ya tenemos claro qué conlleva no presentar la declaración de la renta si eres autónomo, y las medidas que tomará la Seguridad Social, es importante conocer las sanciones que Hacienda impone tanto a los autónomos como al resto de contribuyentes:
Las sanciones dependen de:
- El tiempo de retraso.
- Si el resultado de la declaración es positivo o negativo.
- Si la presentación tardía se debe a un requerimiento de la Agencia Tributaria.
En el caso de que no haya habido un requerimiento y el autónomo haya presentado la declaración de la renta tarde, de forma voluntaria, las sanciones son reducidas dependiendo del tiempo que tarde en presentarla:
Si el resultado es a devolver, las sanciones se reducen a la mitad, es decir, 100 o 75 euros, dependiendo de si se abona o no en el plazo la cantidad.
En el caso de que el resultado de la declaración de la renta no sea a devolver, el autónomo deberá abonar un recargo dependiendo del tiempo que haya de retraso respecto a la fecha límite para presentar la liquidación.
Fuente; pymesyautonomos.com