El Gobierno rechaza definitivamente el IVA cero para pymes y autónomos y solo lo regula para ventas en el extranjero

Alicante, 6-11-2025.

  • Señala que la Directiva europea del impuesto no obliga a implantarlo
  • Solo lo habilita para profesionales que importen y exporten a otros países de la UE

El Gobierno da carpetazo de forma definitiva a implantar el IVA franquiciado para las empresas y los autónomos que facturen menos de 85.000 euros al año. Este sistema que recoge la Directiva del IVA permite a los empresarios más pequeños quedar exentos de incluir el IVA en sus facturas y, por tanto, también de presentar la liquidación trimestral y anual del impuesto.

Europa aprobó este régimen para simplificar la carga administrativa a los negocios más pequeños.

Sin embargo, El ejecutivo, a través de una enmienda presentada por el PSOE a la ley que regula la fiscalidad de las criptomonedas, propone regular la ley del impuesto solo para que empresas y autónomos que importen y exporten a otros países de la UE puedan beneficiarse del IVA cero.

De hecho, la justificación del PSOE para llevar a cabo la implantación parcial del IVA franquiciado es que la Directiva lo plantea como una “opción” “que no ha incorporado el legislador español, optando por otras medidas simplificadas de liquidación e ingreso como son los regímenes especiales y del recargo de equivalencia”.

El PSOE solo permitirá que empresas y autónomos que facturen menos de 100.000 euros y exporten o importen a otros países de la UE acogerse al IVA franquiciado en estos territorios, no en España.

Para eso, deberán comunicar a la Agencia Tributaria su intención a través de una declaración censal, informando en qué países se acoge a este sistema y el fisco, en un plazo inferior a 35 días, le dará un número de identificación fiscal que le habilitará a hacerlo.

Además, deberán presentar cada trimestre una declaración informativa con el volumen de operaciones realizadas tanto en España como en otros países de la UE. Se aportará en el plazo de un mes tras la finalización de cada trimestre. En el momento que la compañía o el profesional supere los 100.000 euros de facturación se le sacará automáticamente del régimen de IVA franquiciado.

Verifactu, el camino contrario

La opción de eliminar el IVA a los negocios más pequeños se perfila en el camino contrario que sigue la Agencia Tributaria, después de que a partir del 1 de enero de 2026 ponga en marcha la obligación para las empresas de tener un sistema informático con la posibilidad de remitir la facturación al fisco en caso de que lo requiera.

No obstante, esta norma, conocida como Verifactu, también permite a las compañías usar software que remitan en el momento a Hacienda las facturas. Esta obligación también entrará en vigor para los autónomos en julio de 2026.

El objetivo es controlar el IVA que facturan y soportan las compañías para evitar su ocultación.

Asimismo, para profesionales con un menor volumen de facturación, la Administración ha creado una aplicación web gratuita que compartirá de inmediato las facturas con Hacienda.

Fuente; eleconomista.es

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