Cambios en la Ley Concursal para mejorar la insolvencia de pymes

Alicante, 30-08-2021.

La reforma va encaminada a garantizar a las empresas el acceso a procedimientos de reestructuración preventiva.

La Ley Concursal se moderniza. El Gobierno promueve su reforma para alinearla con los países más avanzados y facilitar la reestructuración de las empresas viables mejorando los procedimientos de insolvencia.

La modificación de la ley forma parte de las reformas que se incluyen en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno y cuyo objetivo es reforzar el tejido productivo y promover el crecimiento económico.

La reforma de la Ley Concursal quiere garantizar a las empresas que tengan dificultades financieras un acceso a los procedimientos efectivos de reestructuración preventiva. A través de este mecanismo se les puede ayudar a continuar con su actividad. Además, se permitirá a los empresarios que sean personas físicas y estén en situación de insolvencia la exoneración de sus deudas. Esto será posible tras un periodo de tiempo razonable en el que se favorecerá la segunda oportunidad y se promoverá la mejora de la eficiencia del procedimiento concursal para reducir su duración.

El nuevo texto prestará especial atención a las microempresas. Estas compañías tendrán un procedimiento adaptado a sus necesidades y características. Se espera que la reforma minimice la destrucción del tejido productivo y que sirva para el mantenimiento de empresas y negocios viables.

Asimismo, una de las claves de la modificación de la Ley Concursal es facilitar que las empresas que son deudoras dispongan de un instrumento “eficaz” para evitar la insolvencia o, dado el caso, poder salir de ella.

 

Procedimiento de segunda oportunidad

Entre las novedades de la reforma se encuentra el procedimiento de segunda oportunidad. En este caso, se introducen ciertas medidas como la exoneración de sin liquidación previa del patrimonio del deudor y con un plan de pago a los acreedores. Así, se permitirá al deudor mantener su vivienda habitual y si es autónomo, podrá continuar con su actividad. Además, el plan de pagos tendrá una duración de 3 años y se podrá ampliar a 5.

El texto incluirá una reforma del procedimiento concursal para mejorar en eficacia. Esto significa que se introducen modificaciones para agilizar el procedimiento. Algunas de ellas tienen que ver con la aprobación de un convenio cuando la empresa sea viable o facilitar la venta de unidades productivas o, en su caso, su liquidación. También habrá incentivos en la retribución del administrador concursal condicionados a la celeridad del procedimiento.

 

 

Fuente; cincodias.elpais.com

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