Alicante, 2-12-2021.
La legislación española permite que cualquier autónomo pueda desarrollar varias actividades al mismo tiempo. De hecho, es algo bastante habitual, que no afectará a tu cuota del RETA ni tampoco a lo que pagarás por IRPF.
Sin embargo, para tener dos actividades diferentes, deberás elegir los epígrafes correspondientes en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) cuando te vas a dar de alta como autónomo a través del modelo 036 o 037. Hacerlo es relativamente sencillo.
Cómo elegir los epígrafes con más de dos actividades
En principio, podrás darte de alta en tantos epígrafes del IAE como quieras, aunque eso tendrá después repercusiones fiscales y contables que harán más compleja tu gestión. La traducción práctica es que elijas un único epígrafe de actividad económica en el IAE siempre que puedas.
¿Y si no es posible hacerlo? Hay numerosas ocasiones en las que, debido a las diferencias en cuanto a la actividad desarrollada, deberás elegir dos o más epígrafes. En ocasiones, incluso con actividades parecidas, tendrás que elegir dos epígrafes. Dos ejemplos serían el de un fotógrafo que, además, edita vídeos o un periodista freelance que hace fotos. Por muy raro que te parezca, se trata de tres actividades diferentes: fotógrafo (hay incluso varios epígrafes para fotografía), edición de vídeo y redacción de textos.
En cualquier caso, si no puedes elegir la misma actividad, intenta siempre que todas ellas tributen en el mismo régimen fiscal para simplificar la gestión en la medida de lo posible. Esto aplica tanto para el IRPF como para el IVA. La razón está en tus futuras obligaciones como autónomo con más de una actividad.
La gestión contable y fiscal impuestos con más de una actividad
Tener dos actividades requiere de un proceso de gestión y administración más complejo. Para empezar, porque tendrás que tener una contabilidad diferenciada para cada una de ellas, lo que implicará tener varios libros diferentes. Pero es que, además, Hacienda te pedirá identificar y diferenciar claramente los ingresos y gastos de cada una de las actividades a nivel contable y fiscal. Es decir, qué dinero ganas con cada una y en qué gastos incurres para desarrollarla.
Si hay elementos comunes, como suele ser habitual, tendrás que escoger en qué actividad contabilizarlo. Por ejemplo, si compras un ordenador para tus actividades de periodismo y edición de fotografías, tan solo podrás imputarlo a una de las dos actividades.
Esta distinción de actividades también se aplica en el pago y liquidación de impuestos. Por un lado, si las actividades tienen diferente IVA o incluso si está exento (como es el caso de la impartición de clases), habrá bienes que podrás deducirte y bienes que no. Por ejemplo, en el caso de las actividades exentas de IVA, no podrás deducirte las compras afectas a la misma.
Sin embargo, a efectos del IRPF, no habrá tal distinción, ya que su declaración tan solo depende del volumen de ingresos y gastos, y no de la actividad. Es decir, al hacer renta lo único que debes hacer es diferenciar qué ingresos corresponden a cada actividad y lo mismo con los gastos deducibles. Por eso mismo el programa Renta Web permite dar de alta varias actividades.
Fuente; pymesyautonomos.com