Cómo tributa a Hacienda la venta o traspaso de un negocio

Alicante, 13-09-2023.

El traspaso de un negocio es una forma habitual que utilizan los emprendedores para iniciar una actividad de forma ágil o la mejor manera de salir airoso de en el caso no poder atender el negocio o que éste necesite un giro que lo haga funcionar mejor.

En España, esta figura se utiliza en mayor medida en actividades como bares, cafeterías, restaurantes o comercios, además de la venta de franquicias que ya estén funcionando.

¿Qué es un traspaso de un negocio?

El traspaso de un negocio es un acuerdo para la cesión de una actividad económica que está en funcionamiento.

En el contrato del traspaso de un negocio se fijan las condiciones de dicha cesión, pudiéndose incluir todos los elementos que permita hacer funcionar de forma autónoma la actividad empresarial.

En un traspaso de negocio se incluye habitualmente todos los elementos clave para la actividad, tales como el local o los derechos sobre su arrendamiento, así como la licencia de apertura que autoriza dicha actividad, los bienes tangibles como las máquinas, equipamiento, ordenadores vehículos o mercancía, e intangibles como la marca comercial registrada y la cartera de clientes con la que cuente.

Los impuestos que afectan al traspaso de negocio

Al realizar un traspaso de negocio, como en muchas otras operaciones, hay que dar cuenta a Hacienda. En este caso, el traspaso se va a ver afectado por una serie de impuestos, son los siguientes:

  • Impuesto de la Renta de las Personas físicas (IRPF) o Impuesto de Sociedades (IS)
  • Impuesto de Valora Añadido (IVA)
  • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)

Declaración de la Renta o Impuesto de Sociedades

Cuando se traspasa una actividad económica se tiene que pagar impuesto por la ganancia generada.

En el caso de los autónomos, es decir personas físicas, se tributa en el IRPF en la declaración de la renta, que se hace entre abril y junio del ejercicio siguiente al que se realice el traspaso.

En la declaración de la renta se incluirá, no como rendimiento económico sino como ganancia o pérdida patrimonial, calculada entre la diferencia entre el valor de adquisición y el de transmisión, y sometiéndose a la escala de impuestos al ahorro del IRPF que va desde el 19% al 23%.

En el caso de que el traspaso lo realice una sociedad, una persona jurídica, la ganancia generada tributará en el Impuesto de Sociedades, en los rendimientos de la actividad.

En ambos casos, habrá que analizar si se tiene derecho a deducciones en el impuesto, ya que suelen existir para aquellos traspasos de negocios familiares o tradicionales para favorecer su continuidad

Impuesto de Valor Añadido (IVA)

La tributación o no de un traspaso para el IVA depende de una sola cosa, si el traspaso se realiza de forma completa o si por el contrario, se realiza parcialmente o sólo con parte de los elementos necesarios para realizar la actividad.

En el caso de que el traspaso sea por la totalidad de los bienes tangibles e intangibles que permiten la actividad económica, cosa que sucede en la mayoría de los casos, la operación no estaría sujeta a IVA, tal y como se recoge en el artículo 7.1 de la Ley 37/1992, del IVA, por lo que habría que emitir la factura del traspaso sin IVA.

Cuando se traspasen elementos por separado, estos deberán tener el IVA correspondiente aplicado en la factura.

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)

En función de los elementos patrimoniales que se incluyan en el traspaso del negocio se tendrá que pagar este impuesto o no.

En general el traspaso no está sujeto a este impuesto, tal y como se recoge en el artículo 7.5 de  RD Ley 1/1993, del ITP,  a no ser que se incluyan en el mismo un bien inmueble o vehículos. Solo en estos casos se pagará el impuesto, que es diferente en cada Comunidad Autónoma.

Fuente; pymesyautonomos.com

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