Alicante, 22-09-2023.
El Real Decreto Ley 13/2022, puso en marcha las nuevas bases de cotización para los autónomos hasta el 2025. En total se establecieron 15 tramos de cotización.
Aquellos profesionales con rendimientos netos (ingresos menos gastos) iguales o inferiores al Salario Mínimo, hacen frente al pago de la cuota mínima, de 230 euros al mes. ¿Qué ocurrirá en 2024 respecto a las cuotas mínimas?
Dos cuotas mínimas para los autónomos en 2024
El nuevo sistema de cotización estableció dos cuotas mínimas: una para aquellos cuyos rendimientos sean inferiores a 14.001,48 euros anuales que se acogen a la llamada Tabla Reducida, y otra para el resto de trabajadores autónomos, que superen dichos ingresos netos, llamada Tabla General.
Durante este año 2023, los trabajadores por cuenta propia cuyos rendimientos han sido inferiores a los 14.001,48 anuales, pagan la cuota mínima de 230 euros, eso sí, cotizando por una base mínima de 751, 63 euros.
En 2024, tal y como señala el Real Decreto, esta cuota mínima pasará a ser de 225 euros al mes, pero atención, su base de cotización también se reducirá a 735,29 euros.
Estas cuotas mínimas que pertenecen a la llamada Tabla Reducida, bajarán en 2025 hasta los 200 euros al mes y su base mínima será de 653, 59 euros mensuales.
La cuota mínima de la Tabla General para los autónomos en 2024 no cambia
En el caso de que el autónomo tenga rendimientos netos superiores o iguales a 1.166,70 euros mensuales, como ya hemos visto, formará parte de la Tabla General, por lo que su cuota mínima es de 291 euros tanto en 2023, 2024 y 2025.
Si como trabajador por cuenta propia, tu base mínima de la Tabla General es de 951 euros al mes, la cuota no se modificará.
No obstante, en el Real Decreto Ley se especifica que todas las cuotas propuestas en la norma podrían modificarse en los próximos dos años.
Fuente; pymesyautonomos.com