Alicante, 14-10-2021.
SANCIONES DE HASTA EL 25% DEL MONTANTE TOTAL
El Banco de España recuerda a los autónomos el nuevo límite de pago en efectivo y las sanciones por superarlo. Avisa también de que está prohibido fraccionarlo pagando, por ejemplo, una parte por transferencia, ya que la multa se aplicará al montante total de la operación.
1.000 euros. Este es el nuevo límite para pagos en efectivo permitido por el Gobierno y que está en vigor desde el pasado julio. Se trata de una de las medidas incluidas en la nueva Ley de lucha contra el Fraude Fiscal, con el objetivo de evitar la evasión de impuestos y que afecta especialmente a los autónomos. Si bien antes de esta normativa el límite estaba fijado en los 2.500 euros, ahora, ningún trabajador por cuenta propia podrá pagar ni recibir dinero en metálico por encima de los 1.000 euros. De hecho, el Banco de España publicó recientemente un recordatorio sobre esta nueva medida y avisó a los dueños de negocios que también está prohibido fraccionar el pago, es decir, pagar una parte en efectivo y otra por transferencia bancaria.
El recordatorio de la entidad dirigida por Pablo Hernández de Cos dejó entrever la firme postura de quienes tienen el deber de controlar estas transacciones e insistió en la necesidad de “estar bien informados de las nuevas leyes para evitar las multas en este sentido”. Así, además de saber que la Inspección de Hacienda penalizará a aquellos profesionales que acepten o paguen en efectivo un importe superior o igual a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjero, también es importante tener en cuenta que lo hará sobre el total de la operación total, no sólo la parte que se pegue en efectivo. Por lo que, en caso de que un autónomo tenga que pagar una operación de 1.100 euros, y abone 200 en metálico y 900 a través de, por ejemplo, una transferencia, estaría incumpliendo la norma y se enfrentaría a una sanción. Así mismo el órgano regulador explicó que los cheques al portador, así como cualquier otro medio de pago en el que no se identifique a los intervinientes, también se consideran efectivo.
Este límite afecta a todo tipo de negocios, sea cual sea su tamaño o sector e independientemente de dónde venga el pago -otro profesional o un particular-, pero lo cierto es que los que más manejan dinero en efectivo y venden productos con precios elevados, son, lógicamente, los que más expuestos están a saltarse este límite por voluntad de evadir o por simple desconocimiento. Sea cual sea el motivo, si los inspectores detectan esta cuantía la multa es de hasta un 25% de la base imponible de la sanción tanto al que recibe el pago como al que lo efectúa
Multa del 25% sobre el pago superior a 1.000 euros
Así se prevé en el apartado 5 del artículo 18 de la Ley antifraude “modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude”.
En este punto, la norma establece que la sanción por superar el límite permitido de pagos en metálico “consiste en multa pecuniaria proporcional del 25 por ciento de la base de la sanción”. Y, en este caso, “la base de la sanción será la cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 1.000 euros”. De este modo, la multa a la que se enfrentan los autónomos por superar el nuevo límite establecido no se calculará sobre el importe que sobrepase el límite de 1.000 euros, sino sobre el conjunto de la operación. Por ejemplo, si un hostelero pagara a uno de sus proveedores 2.000 euros en metálico, y la inspección lo detectara, ambos se enfrentarían a una multa de 500 euros. Del mismo modo, si la transacción no fuera de 2.000 euros sino de 5.000, la sanción ascendería a 1.250 euros.
Una sanción que puede ser cada vez más frecuente, ya que uno de los objetivos del nuevo plan de control tributario es precisamente estrechar el cerco sobre los pagos en efectivo que se hacen, habitualmente, entre los pequeños negocios. De hecho, según confirmaron fuentes de la Agencia Tributaria, cada año, la inspección inicia alrededor de 7.000 expedientes por incumplir la limitación de efectivo, normalmente, a partir de denuncias que les llegan de todo tipo de contribuyentes, desde trabajadores y empresarios hasta notarios.
¿Cómo se puede descubrir este tipo de fraude?
A pesar de que la nueva ley antifraude incluye varias medidas para reducir el uso de dinero en efectivo, lo cierto es que este tipo de fraude continúa siendo difícil de detectar para Hacienda. Los Inspectores de Hacienda tienen varias fórmulas para controlar estos pagos, pero cuando se detecta que el autónomo se ha saltado los límites de pago en efectivo suele ser por dos motivos: o bien porque lo hace muy frecuentemente, no declara sus ingresos, y los inspectores ven que lo que factura no cuadra con los materiales que compra, o bien porque una de las partes ha denunciado. Cabe recordar que aunque ambos tienen responsabilidad – tanto el que recibe el pago como el que paga saltándose los límites– ” el primero que denuncie en los siguientes tres meses estará exento de sanción“, explicó el secretario general del sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha), José María Mollinedo.
Concretamente, y según recoge la ley, “esta acción no dará lugar a responsabilidad por infracción respecto de la parte que intervenga en la operación cuando denuncie ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, dentro de los tres meses siguientes a la fecha del pago efectuado en incumplimiento de la limitación, la operación realizada, su importe y la identidad de la otra parte interviniente. La denuncia que pudiera presentar con posterioridad la otra parte interviniente se entenderá por no formulada”.
Y precisamente éste es el motivo principal por el que los técnicos suelen detectar a autónomos y empresarios que infringen las limitaciones de los pagos en efectivo. “Estas denuncias no suelen ser por arrepentimiento espontáneo, sino porque una de las partes ha quedado insatisfecha por el trabajo pactado. Casi siempre suele darse cuando un empresario hace un servicio y la otra parte no paga, ya que en este caso no hay factura de por medio y no se puede reclamar por otra vía. O también sucede al revés, cuando se contrata un servicio, por ejemplo, de fontanería o pintura, y el cliente no queda conforme con el trabajo realizado“, explicó el secretario general de Gestha. También “es frecuente que estas denuncias se realicen por parte de la propia competencia. Si alguna empresa competidora detecta, de la forma que sea, que el autónomo en cuestión suele realizar operaciones en efectivo con sumas importantes de dinero, es frecuente que denuncien. Y, por supuesto, es muy común que sean los propios empleados, tras ser despedidos, quienes denuncien que la empresa está realizando pagos por encima de los 1.000 euros“, explicó Mollinedo.
¿Cuáles son los autónomos más expuestos a los nuevos límites?
Normalmente, son los comercios que venden “artículos de alto valor, como muebles, joyas, ordenadores, electrodomésticos, material de gimnasio o bicicletas los que, por su naturaleza, estarían más expuestos a estas operaciones y a ser sancionados. También los talleres mecánicos, ya que muchas de las reparaciones que realizan superan fácilmente este importe de 1.000 euros y no es raro que se les abone en metálico”, dijo Mollinedo.
De hecho, las patronales del comercio enviaron ya en febrero, antes de que se bajara el umbral a 1.000 euros, un comunicado tanto al Ministerio de Hacienda, como al de Asuntos Económicos y Transformación Digital, llegando también al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y el de Industria, Comercio y Turismo, explicándoles las devastadoras consecuencias que tendría para los negocios la reducción de los límites del pago en efectivo. “Les hemos transmitido que sí apoyamos la lucha contra el fraude fiscal, pero que ésta no debe hacerse con medidas que limiten el consumo, y con ello, la recuperación de nuestros negocios”, explicó en su momento Carlos Moreno, tesorero de la CEC y secretario general de FECE.
Sin embargo, los comerciantes no son los únicos que estarían especialmente expuestos a saltarse este nuevo umbral de pago en metálico: hay otras profesiones “como pintura, fontanería o cualquier actividad ligada al sector de las reformas en las que es muy fácil que sus servicios asciendan a estas cantidades y se realicen en efectivo. Y esto no sólo sucede entre autónomos. Puede pasar también que un particular vaya a un restaurante exclusivo, en el que la cuenta puede ascender sin problema a grandes sumas de dinero, y no es raro que en estas ocasiones se pague en metálico.”, dijo el secretario general de los técnicos de Hacienda.
Por otro lado, y también en el sector de la hostelería, una práctica habitual ” es ir a los mercados de abasto a última hora a recoger género que no se ha vendido, y que tiene poco aguante en cámara para comprarlo a un precio más reducido. En estas ocasiones es muy común pagar en metálico, y es muy fácil saltarse el umbral·”, añadió José María Mollinedo.
Fuente; autonomosyemprendedor.es