Esta es la ayuda de la ‘mili’ para la jubilación anticipada: así es su ventaja para cobrar pensión

Alicante, 12-05-2023.

La decisión de jubilarse antes de tiempo, es decir, antes de la edad ordinaria de jubilación, responde a la voluntad del trabajador en muchas ocasiones pero al margen de esa intención es igualmente cierto que la normativa obliga a todas esas personas a reunir una serie de requisitos para poder hacerlo.

Como en la jubilación ordinaria, el requisito fundamental es el de la cotización previa, que suele funcionar como una criba que separa a los trabajadores que se pueden jubilar de forma anticipada o los que tienen que esperar a que llegue su edad de jubilación ordinaria. Los requisitos son a nivel global (un número de años a lo largo de la vida laboral) y a nivel específico (un nivel de cotización dentro de un periodo determinado e inmediatamente anterior a la jubilación).

Esto es lo que tienes que cotizar para jubilarte de forma anticipada

Esta cotización exigida depende de la modalidad de jubilación anticipada:

-En la jubilación anticipada voluntaria (responde exclusivamente a la voluntad del trabajador y permite adelantos de hasta dos años respecto a la edad ordinaria de jubilación) la cotización exigida es de 35 años, de los cuales dos deben darse entre los 15 anteriores a la solicitud de la jubilación.

-En la jubilación anticipada involuntaria (responde a un cese no voluntario en el trabajo y permite adelantos de cuatro años) la cotización exigida es de 33 años, de los cuales dos deben darse entre los 15 anteriores a la solicitud de la jubilación.

La ayuda de la ‘mili’ en la jubilación anticipada

¿Y si una persona no llega por muy poco a la cotización que le exige la modalidad de jubilación anticipada deseada? En algunos casos no será necesario que esas personas esperen un poco más trabajando unos meses, ya que contarán con una ayuda especial: la de la ‘mili’, el servicio militar obligatorio.

Las personas que en algún momento de su vida tuvieron que hacer la ‘mili’, la denominación con la que se llama de forma coloquial al servicio militar cuya obligatoriedad se retiró a finales de 2011, podrán añadir hasta un año de cotización para conseguir los objetivos de cotización de la jubilación anticipada. Este beneficio es extensible también al servicio femenino obligatorio y a la prestación social sustitutoria, como se llama de forma oficial a la objeción de conciencia.

La Seguridad Social especifica en su página web que este año extra solo se añadirá cuando sea estrictamente necesario para conseguir los requisitos de cotización en las jubilaciones anticipadas: “Los períodos de servicio militar o prestación social sustitutoria sólo se computan para alcanzar el período de cotización específico en el caso de jubilación anticipada, voluntaria o involuntaria y con el límite máximo de un año”.

Por lo tanto, esta ayuda no estará disponible para aumentar el número de años cotizados, una herramienta que sería útil para aumentar el porcentaje de la base reguladora disponible en la pensión de cotización. Solo es válido para lograr el objetivo de cotización de la jubilación anticipada.

Por qué la ‘mili’ no puede ayudar en la jubilación ordinaria

Este mecanismo de ayuda para la jubilación anticipada no se puede aplicar a la jubilación ordinaria. La modalidad estándar de jubilación pide a los trabajadores una cotización de 15 años, de los cuales dos deben darse entre los 15 anteriores a la solicitud de jubilación, y no se sirve de un año de la ‘mili’ para poder conseguirlo.

Es una vieja reivindicación que todavía no ha encontrado escucha en los últimos Gobiernos que ha tenido el país. Si bien el Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero se comprometió en 2011 a estudiar en el plazo de un año el asunto (en la reforma de las pensiones aprobada ese ejercicio), durante las dos legislaturas del Partido Popular con Mariano Rajoy al frente y los posteriores gobiernos de PSOE en solitario y en coalición con Unidad Podemos no se han puesto manos a la obra con el tema.

Fuente; eleconomista.es

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