Alicante, 27-04-2023.
- Es la segunda gran ventaja del cobro de esta prestación contributiva
- El SEPE se encarga de realizar la aportación empresarial de las cotizaciones
El cobro de una prestación contributiva por desempleo es la principal ayuda que puede recibir una persona cuando se queda sin trabajo. Más conocida como el paro, es la que garantiza mayores recursos económicos al ciudadano mientras encuentra un nuevo trabajo y por eso se conforma como la prestación estrella de todas las que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Para poder cobrar esta prestación por desempleo es necesario reunir ciertos requisitos, de entre los que destaca un mínimo de un año cotizado y la inscripción como demandante de empleo (que se puede hacer de forma sencilla siguiendo estos pasos), pero en paralelo proporciona al ciudadano una protección indispensable en una etapa de reducción de ingresos.
Así, a la cuantía del paro (que es de entre el 70% y el 60% de la base reguladora del trabajador) se une una ventaja crucial para su beneficiario: el mantenimiento de las cotizaciones a la Seguridad Social.
De esta forma, cuando un trabajador cobra el paro no deja de cotizar a la Seguridad Social a pesar de no trabajar para una empresa o por cuenta propia. Esto tiene una doble ventaja: le permite sumar años para el cómputo total que se contabiliza para la pensión de jubilación y frena las bajadas de la base reguladora de esa prestación al seguir cotizando, aunque sea por bases inferiores a las que tenía en su trabajo.
La cotización a la Seguridad Social si cobras el paro
Tal y como explica el SEPE en su página web, la cotización de las personas que cobran el paro es de un 4,8% del importe bruto de la prestación, un porcentaje que se deduce y que es igual a la aportación del trabajador por contingencias comunes cuando perciben una nómina por su trabajo en una empresa.
Estas cotizaciones, informa el SEPE, son las que se encargan de proteger al ciudadano ante la “jubilación, incapacidad temporal, invalidez, muerte y supervivencia, asistencia sanitaria, maternidad, paternidad y cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave”.
Es el propio SEPE el que se encarga de realizar la aportación empresarial por contingencias comunes, ya que en la práctica tiene un papel similar al del empresario en una relación laboral al actuar como pagador al beneficiario de la prestación contributiva por desempleo.
Cómo se calculan las cotizaciones a la Seguridad Social si cobras el paro
Para el cálculo de las cotizaciones es obligatorio hallar el importe del paro. El SEPE explica que la cuantía de esta prestación contributiva por desempleo es del 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días de cobro y del 60% de la base reguladora a partir del día 181 de cobro.
Esta base reguladora del trabajador es la media de las bases de cotización por contingencias profesionales de los últimos 180 días cotizados, con excepción de los importes por las horas extraordinarias. Es, definitiva, a esta cifra a la que hay que aplicar entre el 70% y el 60% y después ese 4,8% para conocer las cotizaciones a la Seguridad Social que se realizan con el paro.
Fuente; eleconomista.es