Alicante, 23-12-2021.
- El tope se ha regulado este 2021 pasando a ser mucho más estricto
En época de alto consumo debido a las compras de Navidad, muchos usuarios sacan altas cantidades de dinero para poder pagar en efectivo sus gastos. Por ello, conviene tener más en cuenta uno de los consejos del Banco de España, donde se recuerda el límite para compras en metálico que, de sobrepasarlo conlleva una fuerte multa.
Pese a que los pagos con tarjetas de crédito o débito o aplicaciones de dinero telemático siguen en auge, con la consiguiente pérdida de poder que ello supone para el efectivo, muchos son los españoles que siguen apostando por los billetes y monedas para afrontar sus gastos diarios.
Sin embargo, no todas las operaciones se pueden costear en metálico y es que de acuerdo a la lucha contra el fraude y el blanqueamiento de dinero, el Banco de España viene en los últimos años determinando límites para estas compras. Unos topes que este 2021 se han regulado para hacerse mucho más estrictos de cara a las operaciones que son más difíciles de controlar por las entidades bancarias.
Este es el límite que se establece desde verano de 2021
Así, desde este verano el límite para un pago en efectivo se sitúa en 1.000 euros siendo este en una sola operación. Es decir, de acuerdo con la ley, una compra que supere tal cantidad no se puede dividir en dos partes para financiarse en efectivo y telemático, teniendo que realizarse solo mediante el segundo mecanismo.
Por otra parte, para personas que no tienen su domicilio fiscal en España, esta cantidad alcanza los 10.000 euros siempre que no actúen como empresarios o profesionales. Así mismo, estos límites no son aplicables a pagos e ingresos en entidades de crédito en entidades de pago y a operaciones de cambio de moneda en efectivo realizados en establecimientos de cambio de moneda abiertos al público.
Esta es la multa por superar el límite en efectivo
Establecido todo esto, el Banco de España también recuerda las multas para aquellos que sobrepasen los límites marcados. Tanto para el pagador como para el que recibe el dinero, las sanciones son del 25% sobre la cantidad que supere los 1.000 euros.
Es decir, para un pago de 1.500 euros, tanto el cliente como el vendedor deberán abonar 375 euros cada uno a la Agencia Tributaria que, eso sí exonera a aquel que denuncie tal movimiento. Por ello, si en el plazo de tres meses tras el pago una de las dos partes confiese haber sido partícipe de un pago en metálico superior a 1.000 euros, este quedará exento teniendo que afrontar solo la otra parte la multa.
Fuente; eleconomista.es