Alicante, 7-05-2021.
Afectan al IVA, al IRPF o al Impuesto de Sociedades
El Gobierno ha enviado a Bruselas su plan de recuperación, que recoge algunas medidas fiscales, como el alza en determinados impuestos, o la eliminación de bonificaciones en IVA o IRPF que podrían afectar a muchos autónomos.
El Gobierno ha enviado su plan de recuperación a Bruselas para que dé el visto bueno a una batería de reformas a corto, medio y largo plazo a nivel laboral, de pensiones o impuestos. Precisamente, uno de los apartados que más afectaría al colectivo de autónomos es el componente 28 del plan de recuperación, bajo el nombre “adaptación del sistema impositivo a la realidad del siglo XXI”, y cuya finalidad es “contribuir a la recuperación económica de España, fomentando el crecimiento económico, la creación de empleo y la mejora de la competitividad”.
En otras palabras, el Gobierno quiere subir determinados impuestos para salir de la crisis generada por el coronavirus. Y para ello, ya ha puesto encima de la mesa varias alzas que estudiará el comité de expertos designado por el Ministerio de Hacienda para que -la mayoría de ellas- entren en vigor entre este año y 2023.
Entre los cambios más importantes enviados a Bruselas y recogidos en este componente 28 estarían la reforma de medidas fiscales para contribuir a la transición ecológica ; medidas tributarias de adopción a corto plazo en los Impuestos personales (IRPF); en Sociedades; y en los impuestos indirectos ( como el IVA).
Así mismo, también se prevé un alza en el Impuesto sobre las Primas de Seguros, hasta situarlo en un 8%. Subida que ya estaba anunciada y que afectará especialmente a los autónomos. Y, posiblemente, aunque de manera indirecta, el incremento que más podría afectar al colectivo de trabajadores por cuenta propia estaría en la reforma 2, que prevé la revisión de beneficios fiscales y que podría poner punto y final a muchos de los incentivos de los que se benefician actualmente los autónomos en dos de los impuestos más importantes: IVA e IRPF.
Subidas en IRPF, Sociedades, IVA o seguros
El componente 28 enviado a Bruselas recoge tres reformas -la número 7,8 y 9- de medidas tributarias de adopción a corto plazo en IRPF, Sociedades o IVA. Muchas de ellas ya aprobadas y otras que podrían entrar en vigor próximamente.
IRPF
De hecho, algunas ya estaban anunciadas, como es el caso de las que afectan a los tipos de IRPF. Este impuesto se incrementará en un 2% en el tipo marginal exclusivamente para importes de base liquidable general superiores a 300.000 euros, que quedarán gravados al 24,50% (frente al 22,50 vigente hasta ahora). Además, se incrementa un 3 % el tipo marginal exclusivamente para importes de la base liquidable del ahorro superiores a 200.000 euros, siendo el tipo aplicable del 26% (frente al 23%).
Por otro lado, en materia de Planes de pensiones se introducen dos importantes novedades. En los planes de pensiones individuales, que habitualmente se contratan a través de las entidades financieras, el importe desgravable de la base imponible del IRPF baja de 8.000 a 2.000 euros.
También se crearán los planes de pensiones colectivos o de empresa, concebidos para los empleados. Y se prevé la constitución de un gran plan colectivo público para los autónomos y pymes que no puedan constituir sus propios planes de empresa. En este caso, el límite desgravable se sitúa en los 8.000 euros y se permitirá desgravar simultáneamente otros 2.000 euros en un plan individual. Por tanto, el importe desgravable podría pasar de los 8.000 euros a los 10.000.
Así mismo en el Impuesto sobre el Patrimonio, además de establecer su vigencia con carácter indefinido, se eleva el tipo de gravamen aplicable al último tramo de la tarifa, que pasa del 2,5 al 3,5 % (para patrimonios superiores a 10 millones de euros), al objeto de que contribuyan en mayor proporción los contribuyentes con mayor capacidad económica.
Sociedades
Una de las promesas que ya venían recogidas en el pacto del Gobierno de coalición era la de subir impuestos a grandes empresas, reduciendo a la vez la presión fiscal a las más pequeñas. De momento, en el plan enviado sólo está recogido el primero de los compromisos. A medio plazo, el Ejecutivo garantizará una tributación mínima en el Impuesto de Sociedades de un 15%.
Y en el más corto plazo se pretenden adoptar medidas que permitan incrementar la recaudación, reduciendo en un 5% la exención por los dividendos y plusvalías generadas por su participación en sociedades filiales, tanto residentes como no residentes en territorio español. Beneficios que afectan fundamentalmente a las grandes empresas.
Según confirmaron recientemente fuentes de Hacienda a este digital, es cierto que “una de las prioridades de la reforma fiscal en la que se está trabajando es revisar el Impuesto de Sociedades. Esto irá enmarcado en el debate que lanzó recientemente el propio presidente de Estados Unidos y el Fondo Monetario Internacional, sobre un impuesto mínimo global para las grandes corporaciones”. Es decir, esta subida no afectaría en principio a las pequeñas empresas.
Ahora bien, “a día de hoy, es pronto para saber si se va a llevar a cabo al mismo tiempo lo que se dijo de bajar el impuesto de sociedades a las pymes del 25% al 23%, ya que todavía hay que esperar a la opinión de los expertos”, añadieron las mismas fuentes.
Alza ya aprobada en el IVA a las bebidas azucaradas
Así mismo, en el Impuesto sobre el Valor Añadido se extendió la aplicación del tipo general a las bebidas refrescantes, zumos y gaseosas con azúcares o edulcorantes añadidos: las bebidas que contienen edulcorantes añadidos, tanto naturales como aditivos edulcorantes, pasan a tributar al tipo impositivo general del 21 por ciento.
Aumento del impuesto sobre primas de seguros
A lo largo de este año habrá, además, una subida del impuesto sobre las primas de seguros, que pasará del 6 % al 8 %. Se trata de un incremento del 33%, que tendrá repercusión, en el caso de los autónomos, en todos aquellos seguros relacionados con su actividad profesional.
Revisión de los beneficios fiscales en IRPF e IVA
Uno de los puntos más controvertidos del componente 28 que envió el Ejecutivo a Bruselas es el “análisis de beneficios fiscales”. Según explica el Gobierno en su reforma número 2, estos incentivos son “medidas que minoran la recaudación, adoptadas por razones de política económica y social y que pueden afectar a determinados colectivos”.
Así, el comité de expertos asignado por Hacienda analizará estos beneficios entre este año y el que viene “prestando atención a aquellos que distorsionan la progresividad y la redistribución del mismo”. Todo ello en base también a las conclusiones de expertos y organismos independientes. De hecho, El Ejecutivo asegura que estudiará los beneficios que la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) puso en el punto de mira en su último informe Spending Review.
Aunque esto no significa que todos los incentivos apuntados por el organismo vayan a desaparecer, sí es cierto que todos ellos van a ser revisados y algunos podrían terminar eliminándose de aquí al año que viene. Entre los más importantes que planteó la AIREF están las reformas de los beneficios fiscales del IRPF, centradas en la previsión social, la tributación conjunta o el arrendamiento de vivienda y también una revisión paulatina y acompasada con la recuperación de la economía de los tipos reducidos del IVA para mejorar su eficiencia distributiva.
Tributación conjunta en IRPF
Uno de los puntos que más polémica generó recientemente es la posibilidad de eliminar la tributación conjunta en IRPF, que evita que las familias españolas -entre ellas, muchos autónomos- paguen casi 2.500 millones de euros más al Fisco. Si bien Hacienda aseguró que la medida no está todavía decidida y será el comité de expertos quien tenga que concluir el futuro de este beneficio, lo cierto es que la Airef ya apuntó a la necesidad de irlo suprimiendo paulatinamente.
Concretamente, la entidad concluyó tras la revisión que el beneficio fiscal sí consigue su objetivo al beneficiar a los hogares que sólo tienen un perceptor de rentas, pero “genera un desincentivo a la participación laboral de las mujeres”. Así, propuso “acelerar su paulatina desaparición y establecer un régimen transitorio para no perjudicar a las familias con menor capacidad de adaptar sus decisiones de participación a la nueva situación”. Además, cree que habría que compensar el efecto negativo que continuará teniendo durante la vigencia del régimen transitorio con nuevos incentivos a la participación laboral de las mujeres que disminuyan la brecha de género.
Posible eliminación de algunos tipos reducidos de IVA
A día de hoy, según el tipo de producto –por ejemplo flores y plantas- y en función de si se considera o no de primera necesidad, el tipo de IVA que se aplica es distinto, pudiendo ser del 21%, del 10% o del 4%.
En relación a los tipos reducidos de IVA, diseñados para facilitar el acceso a bienes y servicios de primera necesidad, sociales, culturales o estratégicos, se concluye que cumplen con el objetivo, pero no lo hacen de forma eficiente desde el punto de vista distributivo. Así, la AIReF propone una revisión paulatina y acompasada con la recuperación de la economía de los tipos reducidos para mejorar la eficiencia distributiva del impuesto. La institución resalta la importancia de que esta revisión se haga teniendo en cuenta la evolución económica y protegiendo a los colectivos y sectores afectados.
Impuestos a la transición ecológica y al carburante
Por otro lado, el Gobierno envió a Bruselas una batería de reformas fiscales que contribuyen a la transición ecológica. Entre ellas, se encuentran algunas como establecer un impuesto sobre el depósito de residuos en vertedero y a la incineración, que penalice las opciones de gestión de residuos menos sostenibles de acuerdo al principio de jerarquía de residuos. Este impuesto gravaría el depósito de los residuos en vertederos y en instalaciones de incineración.
También se propone el establecimiento de un impuesto que grave los envases de plástico no reutilizables, con el que se pretende minorar el número de unidades de estos productos que son puestas en el mercado y, en consecuencia, reducir su consumo, de forma que se prevenga la generación de residuos plásticos, con la consiguiente reducción de los costes de gestión de residuos y, en especial de los que pudieran derivarse de su abandono en el medio ambiente. Están sujetas al impuesto la fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de los envases de plástico no reutilizables. La base imponible estará constituida por la cantidad, expresada en kilogramos, de plástico contenida en los envases de plástico no reutilizables. El tipo impositivo será de 0,45 euros por kilogramo.
Así mismo, el Gobierno también envió una propuesta de reformas en materia de movilidad sostenible que pasarían por crear un pago por uso de la red viaria de carreteras o revisar las figuras tributarias que gravan la matriculación y la utilización de vehículos con objeto de adaptarlas a estándares medioambientales
Y, por último, se propone una revisión de las bonificaciones de los hidrocarburos utilizados como carburante para la equiparación progresiva de los tipos impositivos en atención a su poder contaminante, que ya venía recomendada por organismos como la OCDE.
Posible subida de impuestos al carburante que afectaría al sector del transporte
Tal y como recomendó el organismo -y parece que pretende hacer el Gobierno- se produciría un incremento a medio plazo de los impuestos sobre los combustibles fósiles, como pueden ser los carburantes de automoción o el gasóleo de calefacción, para “reflejar mejor” sus emisiones de dióxido de carbono (CO2). Aunque el organismo apunta que esto tendría que ir acompañado de un dispositivo de protección a los más desfavorecidos, para que no se vieran perjudicados, lo cierto es que miles de autónomos, como los transportistas, podrían verse muy afectados si finalmente subieran los tipos en su principal gasto y herramienta de trabajo.
Esta subida ya se previó para los presupuestos de 2021 y, finalmente, quedó en el tintero. Sin embargo, los expertos, “aunque afecta y mucho al sector del transporte, y habrá que ver como recompensarles, este incremento es inevitable y lleva años exigiéndolo Europa”. Si finalmente se produjera, como ya avanzó este diario, esta subida afectaría especialmente a más de un 30% de los transportistas que no cuentan con la bonificación fiscal para sufragar los gastos derivados del uso de carburantes porque sus vehículos están por debajo de las 7,5 toneladas (transporte ligero) y no entran dentro de las ayudas al gasóleo. La razón de este aumento del impuesto es, según el Gobierno, la equiparación de la fiscalidad de la gasolina con la del diésel.
El artículo 50 de la Ley 38/1992, de los Impuestos Especiales recoge los tipos impositivos sobre los hidrocarburos tanto del gasoil como de la gasolina:
- La gasolina sin plomo está sujeta a un tipo general de 431,92 euros por 1.000 litros y a un tipo especial de 24 euros por 1.000 litros.
- La gasolina con plomo soporta un tipo general inferior: 433,79 euros y el mismo tipo especial de 24 euros.
- El gasóleo para uso general (gasóleo A) está sujeto a un tipo general de 307 euros por 1.000 litros y 24 euros por 1.000 litros de tipo especial.
Así pues, los impuestos dispuestos en la normativa legal hacen que cuando el consumidor reposte pague del precio final, 46 céntimos por cada litro de gasolina sin plomo; mientras que al repostar con diésel se asumen 33 céntimos por cada litro de gasóleo.
El sector del transporte podría ser el colectivo que se viera más perjudicado por una subida de impuestos al diésel, ya que sus trabajadores recorren largos trayectos que implican muchos kilómetros al día, por lo que el más mínimo cambio sobre el precio de los carburantes se verá reflejado en sus gastos. Además, estos autónomos no cuentan con las mismas alternativas para acceder a vehículos eléctricos o híbridos que otros sectores cuya actividad se desarrolla por la ciudad.
De aprobarse una subida al impuesto del diésel, se verían afectados un tercio de los transportistas españoles que, según los cálculos de la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer), suponen una flota de más de 130.000 vehículos.
Fuente; autonomosyemprendedor.es