Alicante, 22-07-2021.
EL PROCESO JUDICIAL LES SALDRÍA SIN COSTE ALGUNO
Los autónomos insolventes o con pocos recursos económicos pueden acceder gratis a un concurso de acreedores a través del organismo de justicia gratuita. Según el Consejo General del Poder Judicial los procesos concursales en 2021 de personas físicas aumentaron en un 60%.
Abogados, procuradores, notarios e, incluso, mediadores. Son los profesionales a los que tienen que contratar un autónomo cuando quiere presentar un concurso de acreedores para liquidar su negocio. No obstante, disponer de esos servicios alcanza un coste que oscila entre los 4.000 y los 10.000 euros, un dinero que muchas veces el trabajador por cuenta propia no puede asumir, y menos dada la situación post-pandémica en la que muchos ha se han declarado insolventes y sin liquidez para actuar. Es por ello que existe el Organismo de Justicia Gratuita, una modalidad dentro de sistema judicial que concede gratis al autónomo las herramientas y profesionales necesarios para iniciar un litigio.
La Justicia Gratuita es un mecanismo “indispensable para la sociedad, ya que si no existiese se estaría privando a muchas personas de su derecho a presentar una demanda, defenderse o, en este caso, liquidar correctamente sus actividades“, explicó Antonio Alcalá, presidente de la sección civil de la Audiencia Provincial de Málaga y portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM). Y es precisamente para iniciar procesos concursales “donde más suele intervenir este tipo de justicia”, al ser los trabajadores autónomos el colectivo más castigado por la pandemia. De hecho, según los datos del último informe del Consejo General del Poder Judicial, los concursos de acreedores de personas físicas aumentaron en más de un 60% en lo que llevamos de 2021.
Esta posibilidad para los profesionales con menos recursos está recogida en el artículo 119 de la Constitución Española, y definida como ‘un trámite por medio del cual se reconoce, a quienes acrediten carecer de recursos económicos suficientes, una serie de prestaciones consistentes principalmente en la dispensa del pago de honorarios de Abogado y Procurador, de los gastos derivados de peritaciones, fianzas, tasas judiciales, etc’. En palabras del magistrado, la Justicia Gratuita promueve que “las personas no se vean impedidas por su pobreza, aunque sea transitoria, y poder litigar y reclamar su derecho”.
¿Cómo se accede a la “justicia gratis”?
El experto explicó que el mecanismo de este tipo de justicia está “ligado estrechamente con el de la tutela judicial efectiva”. Es decir, un derecho fundamental de los ciudadanos españoles, por el cual todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión. “El no tener medios no puede suponer nunca un impedimento para iniciar un procedimiento judicial”, aseguró Alcalá.
Por lo que, “si un autónomo se ve abocado al cierre de su negocio, no tiene liquidez para iniciar un concurso de acreedores y necesita acogerse beneficio de justicia gratuita, únicamente deberá demostrar esa insolvencia“. Si bien es cierto que, como aseguró el magistrado, “el hecho de tener que presentar un concurso es la mejor demostración de una situación de quiebra, la Comisión Judicial iniciará una investigación patrimonial para comprobarlo”, dijo Alcalá. “Cruzan todos los datos de los autónomos, los bancos en los que tenga abiertas cuentas bancarias, matriculaciones de sus vehículos, el registro de la propiedad… en definitiva, se rastrean todos los documentos públicos donde aparezca reflejada la capacidad económica de la persona”.
No obstante, el portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura recalcó que “no es complicado que lo concedan”. De hecho, aseguro que “es algo que ocurre a menudo y, cuando llega el momento del juicio, el profesional no tiene que pagar ni los honorarios ni las costas de su abogado, notario y procurador“. Los colegios de abogados tienen, en cada Comunidad Autónoma, un departamento de justicia gratuita al que los profesionales van apuntándose. Se trata, como explicó Alcalá, de una competencia que tiene transferida del Gobierno central. “Y son las mismas CCAA, las que establecen los salarios de los abogados que participan en este tipo de justicia”.
Asesoramientos incluidos en la Justicia Gratuita
Tal y como recoge el Ministerio de Justicia en su página web, el derecho a la asistencia jurídica gratuita comprende, en líneas generales, las siguientes prestaciones:
- Asesoramiento y orientación gratuitos con carácter previo al inicio del proceso.
- Asistencia de Abogado al detenido o preso.
- Defensa y representación gratuitas por Abogado y Procurador en el procedimiento judicial.
- Inserción gratuita de anuncios o edictos, en el curso del proceso, que preceptivamente daban publicarse en periódicos oficiales.
- Exención de tasas judiciales, así como del pago de depósitos para la interposición de recursos.
- Asistencia pericial gratuita en los términos establecidos en la ley.
- Obtención gratuita de copias, testimonios, instrumentos y actas notariales.
- Reducción del 80% de los derechos arancelarios que correspondan por determinadas actuaciones notariales.
- Reducción del 80% de los derechos arancelarios que correspondan por determinadas actuaciones de los registros de la propiedad y mercantil.
Con deudas también se puede presentar un concurso
Los autónomos en situación de insolvencia con un único acreedor también pueden presentar un concurso de acreedores para liquidar legalmente su negocio. Así lo ha determinado en un reciente auto la Audiencia Provincial de Barcelona, dándole la razón a una profesional a la que un juzgado civil le había rechazado la solicitud para iniciar un concurso de acreedores por no tener más de una entidad a la que debía dinero.
Si bien la Ley concursal no establece expresamente que el deudor, para solicitar el concurso, lo tenga que ser de varios acreedores, este requisito “ha venido reconociéndose siempre como algo implícito”. “Como norma general, en un concurso de acreedores, ya sea de una persona física o un pequeño negocio, los tribunales siempre han entendido que tiene que haber una pluralidad de acreedores”, no obstante, es algo que “no tiene mucho sentido. Un autónomo puede tener un único acreedor y encontrarse en la misma situación de insolvencia que otro con cuatro”, señaló el abogado.
Según los expertos han sido “muchos los concursos de acreedores que se han denegado por deberle dinero sólo a una persona u organismo”. Por ello, “los abogados suelen recomendar a sus clientes que declaren más de un acreedor, por miedo a cómo se interprete la normativa concursal y echen para atrás el procedimiento”. Sin embargo, a partir de este auto, se ha abierto una nueva posibilidad para los trabajadores por cuenta propia cuya única salida sea un concurso y sólo sean deudores de una entidad.
La Ley Concursal “deja entrever” esta opción
El Texto Refundido de la Ley Concursal, aprobado en septiembre de 2020, deja esta posibilidad para los autónomos “a la libre interpretación de las autoridades judiciales”, apuntó Guerrero. Este documento “deja entrever que los profesionales pueden tener solo un acreedor y presentar un concurso si, a pesar de no deber dinero a más entidades, son insolventes”. El problema está, según los expertos, en que “el plural con el que se ha interpretado siempre el concurso parece haber bloqueado la opción de que sólo sea un organismo al que se le debe dinero. Pero no es así”.
De hecho, no es de extrañar que muchos trabajadores por cuenta propia tengan como único acreedor a la Administración Pública, “y que las deudas con ese organismo sean más que suficientes para generarles una situación de insolvencia”, explicó el abogado. Por ello, el auto que acaba de dictar la Audiencia Provincial de Barcelona “es muy importante para los pequeños negocios. Pueden acogerse a él y conseguir que su procedimiento concursal siga adelante”.
Para Garrido, forzar a los autónomos a tener más de un acreedor “es una tontería. Por ejemplo, algunos dejaban de pagar la línea del teléfono para así deber a más de una persona y no arriesgarse a que los tribunales desestimasen el concurso. Algo que sólo complica aún más la situación de los trabajadores por cuenta propia”.
Fuente; autonomosyemprendedor.es