- Son aquellas pensiones a las que se tiene derecho cuando un cónyuge fallece
- Es una pensión contributiva y ha sido revalorizada un 0,9% este año
Con la llegada del nuevo año, las pensiones contributivas se han revalorizado un 0,9%. Esto significa que la cuantía de estas pensiones ha aumentado para todo 2021. Esto afecta también, por supuesto, a las pensiones por viudedad.
Las pensiones de viudedad, en palabras de la propia Seguridad Social, son aquellas pensiones contributivas “a la que tenemos derecho cuando nuestra pareja ha fallecido“. Es compatible con las rentas del trabajo y con otras pensiones como las de jubilación o incapacidad permanente.
Si la persona en cuestión se vuelve a casar o a tener una pareja de hecho, habrá de elegir entre una de las dos a las que tenga derecho salvo en casos muy concretos, como el de las personas mayores de 61 años o menores, pero con una discapacidad de al menos un 65% o cuando la pensión supone la principal fuente de ingresos, siempre que no se supere un umbral determinado.
¿Cuál es la cuantía mínima de las pensiones de viudedad?
La tabla actualizada que ofrece el Real Decreto 46/2021 de 26 de enero indica a los ciudadanos cuál es la cuantía mínima de estas pensiones. Se distinguen cuatro categorías dentro de ellas:
-La pensión mínima de viudedad para las personas menores de 60 años será de 522,50 euros al mes y 7.315,00 euros al año.
-Las pensiones mínimas de viudedad para las personas de entre 60 y 64 años serán de 645,30 euros al mes y 9.034,20 euros al año.
-Las pensiones mínimas de viudedad para las personas con 65 años o más o una discapacidad de al menos un 65% serán de 689,70 euros al mes y 9.655,80 euros al año.
-La pensión mínima de viudedad para las personas con cargas familiares será de 797,91 euros al mes y un total de 11.170,80 euros al año.
Fuente; eleconomista.es