España afronta ya más de 17,5 millones de multa por su negativa a eximir de IVA a los autónomos

Alicante, 9-07-2026.

  • La Comisión pide al tribunal europeo que le imponga una sanción de 32.400 euros por día de incumplimiento

España ya afronta una multa de más de 17 millones de euros por no eximir de IVA a los autónomos, cantidad que irá ascendiendo día a día.

La Comisión Europea denunció el pasado mes de mayo al Reino de España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por no adaptar el régimen del IVA europeo para los autónomos.

La Directiva europea sobre el régimen común del impuesto exige a los países que eximan del tributo a estos profesionales por cuenta ajena en las operaciones que realicen con otros países de la Unión Europea (UE). España, al igual que el resto de Los estados miembros, tenía que haber aplicado esta norma a más tardar el 21 de diciembre de 2024.

Ahora, la Comisión reclama al TJUE que imponga una multa al país por incumplimiento de 32.430 euros al día, lo que, desde el 1 de enero de 2025 hasta la actualidad, ya excede los 17,6 millones de euros.

Sin embargo, la cifra se verá incrementada hasta que España realice este cambio. De momento, el Gobierno tiene intención de eximir de IVA a los autónomos en operaciones intraeuropeas, pero este cambio está incluido dentro del proyecto de ley para reforzar el control de la fiscalidad de los criptoactivos, que lleva atascado en el Congreso desde el año pasado.

La normativa se aventura difícil de sacar adelante ya que, aprovechando que reforma la Ley General Tributaria, los distintos grupos parlamentarios han aprovechado para presentar más de 70 enmiendas con cambios tributarios de todo tipo, convirtiendo la norma prácticamente en una reforma fiscal.

Esto supone que, si el Ejecutivo espera a sacar adelante en el Congreso a través de este proyecto de ley, podría dilatarse hasta final de año, ascendiendo la sanción que pide Europa al doble.

Ventas inferiores a 85.000 euros

Esta Directiva también permite a los distintos países eximir de IVA a los autónomos que tengan una facturación por debajo de los 85.000 euros anuales (aunque los Estados pueden determinar un umbral inferior de ingresos), medida que es la más reclamada por los profesionales españoles para aligerar cargas burocráticas pero que, sin embargo, el Gobierno se opone de lleno a aprobar.

La exención para los pequeños autónomos de repercutir el IVA en sus facturas y, por tanto, de declararlo trimestralmente ante el fisco es una opción que permite la Directiva europea, no una obligación. De hecho, en la denuncia de la Comisión contra España, se remarca que “aunque los Estados miembros pueden decidir no conceder la exención del IVA devengado en su territorio a las pequeñas empresas, están obligados a adoptar las disposiciones necesarias para permitir a las pequeñas empresas establecidas en su territorio beneficiarse de la exención adoptada por otros Estados miembros”. Es decir, por la exención cuando operan en otros países de la UE.

El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, alejó el pasado mes de mayo la posibilidad de quitar el IVA a estos profesionales, a pesar de que parecía haberlo pactado con Junts meses antes.

Por otro lado, la UE también ha denunciado a España ante el TJUE por no rebajar el IVA a los bienes de segunda mano, las obras de arte, objetos de colección y antigüedades, como exige la Directiva del 5 de abril de 2022 sobre los tipos del impuesto, que debería estar transpuesta también desde el 31 de diciembre de 2024, incumplimiento por el que exige una multa de otros 32.430 euros diarios.

Fuente; eleconomista.es

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