Nulidad de despido disciplinario tras cese después de iniciar una incapacidad temporal por proceso de ansiedad

Alicante, 6-08-2026

Un tribunal ha anulado el despido de un comercial tras considerar que la causa real fue su baja por ansiedad, imponiendo la readmisión y una indemnización. Este caso subraya la importancia de acreditar causas objetivas frente a indicios de discriminación por salud.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha ratificado la nulidad de un despido disciplinario. El trabajador, que ejercía como comercial, fue cesado apenas un día después de iniciar una incapacidad temporal por un proceso de ansiedad. Aunque la empresa justificó la medida alegando una disminución voluntaria y continuada del rendimiento, cifrada en un 30% respecto a otros empleados, no logró aportar pruebas que respaldaran tal afirmación.

El tribunal determinó que la mercantil no realizó un estudio comparativo real ni ofreció datos concretos que permitieran al trabajador defenderse. Al no acreditarse la disminución del rendimiento, la Sala concluyó que el cese respondía a un propósito discriminatorio vinculado al estado de salud del afectado, contraviniendo la normativa vigente sobre igualdad de trato.

Aplicación de la Ley 15/2022 y la carga de la prueba

Para resolver este recurso, la Sala se apoyó en la Ley 15/2022, integral para la igualdad de trato y la no discriminación. Esta norma establece que la enfermedad o condición de salud son circunstancias protegidas frente a cualquier tipo de discriminación. Además, refuerza que, ante indicios fundados de trato discriminatorio, es responsabilidad de la parte demandada demostrar la existencia de una justificación objetiva, razonable y suficientemente probada para las medidas adoptadas.

En consecuencia, el tribunal ha condenado a la empresa a readmitir al trabajador, abonar los salarios de tramitación, pagar las cantidades pendientes y satisfacer una indemnización de 6.000 euros por daños morales, además de cargar con las costas del proceso.

Fuente; espaciopymes.com

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Ben Chilwell

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